¿Qué es el bono social? ¿tengo derecho a acogerme a él?

¿Qué es el bono social? ¿tengo derecho a acogerme a él?
Publicado el 18-03-2023
Autor Javier

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Esta semana con los líos de la política madrileña el bono social ha vuelto a ser de actualidad, en estas líneas intentaremos explicarlo, y sobre todo detallar las condiciones necesarias para poder beneficiarse de este bono.

Bien comenzamos por la primera pregunta, ¿Qué es el bono social? El bono social es un descuento sobre la factura eléctrica (también existe para el gas) del que pueden beneficiarse 4 tipos de consumidores, los vulnerables, los vulnerables severos, los consumidor en riesgo de exclusión social y siendo beneficiario del bono social de justicia energética.

Para responder la segunda pregunta, ¿tengo derecho a acogerme a él?, debemos saber que se entiende por estos 4 colectivos:

1. Consumidores vulnerables: Para este tipo de colectivos el descuento es del 25% (aumentado durante 2023 al 65%). Requisitos, solo es necesario cumplir uno:

a. Que la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas (12.600). El 1.5 se incrementa en 0.3 por cada miembro mayor de edad adicional y en 0.5 por cada menos. Es decir, para una familia con 2 adultos y 2 niños, el multiplicador sería 1.5+0.3+0.5+0.5= 2.8 (23.520)

b. Ser familia numerosa, independientemente de la renta, de aquí viene la polémica, con los políticos madrileños que se están beneficiando de este bono.

c. Recibir la pensión mínima o el ingreso mínimo vital

2. Consumidores vulnerables severos: Para este tipo de colectivos el descuento es del 40% (aumentado durante 2023 al 80%). Requisitos, solo es necesario cumplir uno:

a. Renta anual menor al 50% de lo comentado para consumidores vulnerables

b. Familia numerosa + renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas= 16.800

c. Recibir pensión mínima + renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.400€.

d. Recibir ingreso mínimo vital + requisito del punto a

3. Consumidor en riesgo de exclusión social, no se les podrá interrumpir el suministro eléctrico en ningún caso. Requisitos:

a. Ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC

4. Ser beneficiario del bono social de justicia energética. Para este tipo de colectivos el descuento es del 40%. Requisitos:

a. La renta conjunta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezca, sea igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas (16.800€) y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.600€). El multiplicador (2) se incrementa en 0.3 por cada miembro mayor de edad adicional y en 0.5 por cada menos. Es decir, para una familia con 2 adultos y 2 niños, el multiplicador sería 2+0.3+0.5+0.5= 3.3 (27.720)

Todos los multiplicadores de renta anteriores se incrementan en 1 el IPREM (8400 euros más) si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%, acredite la situación de violencia de género, tenga la condición de víctima de terrorismo, se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o si se acredita que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

¿Cómo puedo saber cuál es mi renta o la de mi familia?, bien, la forma más sencilla es sumando las casillas 435 y 460 de tu última declaración de la renta.

Si formas de uno de estos colectivos es recomendable pedirlo, porque ahora mismo las tarifas del mercado libre son peores que las de PVPC con bono social. Y aquí introducimos otro concepto importante, el PVPC o tarifas del mercado regulado. El bono social solo puede aplicarse sobre esta tarifa y además solo para una potencia contratada <=10 kW.

Esta tarifa, el PVPC, la ofrecen todas las comercializadoras de referencia y es igual en todas con ellas, con lo que contrátala en la que te apetezca, no habrá ninguna diferencia.

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